Heredium
Un heredium (plural en latín: heredia), en la Antigua Roma, era el nombre que se le daba a una finca rústica cuya extensión mínima fuera de veinte yugadas, es decir 5,4 hectáreas.
El heredium, como unidad de superficie, correspondía a dos veces una yugada y por tanto, 5039,8m² (alrededor de media hectárea) y 100 heredia era una centuria,[1] que fue la unidad para la delimitación del ager publicus.[2]
En la Roma primitiva, según la tradición, las tierras fueron distribuidas a las familias que contribuyeron a la fundación de Roma por el propio Rómulo, quien las entregó en la cantidad de un heredium a cada grupo gentilicio.[3] En los orígenes romanos era la única tierra que pertenecía a la propiedad privada del pater familias, que la transmitía a su heredero.
Este patrimonio, que pasaba de padres a hijos, es el origen de la herencia.
Parece que se componía de una casa con su jardín, un cercado para el ganado, las tumbas de los antepasados y cierta extensión para el cultivo.
Véase también
Referencias
- Hornblower y Spawforth, 1999, p. 943.
- Hornblower y Spawforth, 1999, p. 310.
- Marco Terencio Varrón, De re rustica, 1.10.2.
Bibliografía
- Simon Hornblower y Antony Spawforth (1999). The Oxford Classical Dictionary (en inglés). Oxford: Oxford University Press. ISBN 0-19-866172-X.